TRABAJO INDIVIDUAL. Recursos para personas migrantes (refugiados).
RECURSOS PARA PERSONAS REFUGIADAS.
En primer lugar, debemos conocer las diferentes definiciones que abarca el fenómeno de la migración. La migraciónes el movimiento de población que consiste en dejar el lugar de residencia para así establecerse en otro país o región. Dentro de este término debemos distinguir entre migrante, emigrante e inmigrante. El migrante es la persona que se traslada desde el lugar en el que habita hacia otro diferente. El concepto contiene la idea de desplazamiento de un lugar a otro, es decir abarca los términos “inmigrante” y “migrante”. Por otro lado, la emigración hace referencia a las personas que se van de su país, para trasladarse a uno diferente, a diferencia de la inmigración que son aquellas personas que vienen a nuestro país. La diferencia, por tanto, es cuestión de perspectiva.
Otro concepto relevante que se debe mencionar, es el de MENAS, del cual se está hablando bastante en los últimos años. Este término alude a los menores extranjeros no acompañados, son migrantes menores de edad, que se encuentran separados de sus padres. Debido a una multitud de factores sociales y personales, este colectivo se encuentra en una situación de vulnerabilidad social.
En muchas ocasiones, los inmigrantes llegan a un país diferente y se encuentran en una situación irregular/ ilegal, debido a que no poseen los documentos legales para legalizar su situación, como el permiso de residencia o de trabajo en España. Además, las personas migrantes tienen derecho a solicitar el asilo en el país de acogida. Las personas que se encuentran en situación de petición de asilo son aquellas cuya petición aún no ha sido procesada y están a la espera de la resolución.
Por último y lo que más nos interesa para el presente trabajo, es el concepto de refugiado. A diferencia de las personas que emigran, que entre la infinidad de motivos para hacerlo, no tiene porqué ser involuntariamente, sin embargo, los refugiados se ven obligados a irse de su país por otros motivos. Son personas que se encuentran fuera de su país de origen por temor a la persecución, al conflicto, la violencia generalizada, u otras circunstancias que requieran, por su gravedad, protección internacional.
En España, según datos del Banco Mundial, en el año 2019, la población refugiada ascendía a 57.751. Desde el año 2008, que se registraban 4.649 personas, hasta el año 2019, se ha producido un aumento de más de 50.000 personas. A partir del 2015, se ha producido un increíble incremento de la población refugiada en España y en otros países de la Unión Europea, como Francia, Alemania o Italia. Por otro lado, respecto a la población migrante, en el año 2015 (año más reciente) la población migrante era de 5.852. 953.
En Castilla y León, según el INE (2018), el 5% de la población total (2.407.650) son personas extranjeras empadronadas.
El cambio social implica una modificación en la estructura de una sociedad en relación a sus normas, valores, relaciones, políticas o formas de gobierno. Se trata de un fenómeno continuo, cuyas consecuencias afectan directamente y entre otros muchos colectivos, a los migrantes. La migración, en términos generales, genera un indiscutible cambio en la sociedad, tanto en el país que se deja atrás, como al de destino. Nos centraremos en el cambio social que se ha producido en las últimas décadas en las personas refugiadas. Tal y como hemos visto anteriormente, los datos indican que la población refugiada, se ha incrementado en muchos países europeos en muchos países europeos. Pero ¿cuáles son las causas intrínsecas de este aterrador aumento de los refugiados?
Según Rosa Meneses (2020) “En términos generales, el desplazamiento forzado por conflictos, persecución o eventualidades graves que amenazan la vida afecta a más del 1% de la población”. Es decir, en muchos casos, la causa principal son las guerras y la inestabilidad en sus países.
A pesar de ello, “el conflicto no es la única causa de los desplazamientos” según indica ACNUR. La pobreza extrema, los efectos del cambio climático, los desastres naturales, etc., son varios de los muchos motivos que existen.
Es la emergencia climática, una causa oculta que está forzando a las personas a refugiarse en otros países. Como consecuencia de los desastres naturales en países en vías de desarrollo, las personas pierden sus hogares, aumentando así la pobreza del país.
En España, la situación de refugiado está protegida por la diferente legislación. En primer lugar, a nivel internacional, la Convención sobre el Estatuto de Refugiados (1951). En esta, se define quién es un refugiado y se definen las reglas del derecho al asilo y las responsabilidades que tienen las naciones acerca del mismo. Además, existen diversas leyes con el objetivo de proteger a este colectivo, como Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria. Cabe destacar también, el Real Decreto 1325/2003 por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y el Real Decreto 865/2001 que aprueba el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida.
La Seguridad Social de España es el conjunto de medidas adoptadas por el Estado para proteger a sus ciudadanos contra aquellas situaciones de concreción individual que se presenten en su vida. El acceso a la misma, a efectos de la modalidad contributiva, comprende a los españoles que residan en España y a los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional. Según el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales del Gobierno de España:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales han reconocido expresamente el derecho a la Seguridad Social como un derecho humano básico, de tal manera que la Comunidad Internacional tiene la obligación de garantizar los instrumentos necesarios para hacer efectivo este derecho. (p.14)
Además, como hemos visto antes, los derechos de las personas refugiadas están protegidos por la Ley 12/2009:
El derecho de asilo en territorio español comprende «el acceso a la educación, a la asistencia sanitaria, a la vivienda, a la asistencia social y servicios sociales, […] en las mismas condiciones que los españoles» [art 36.1 f) de la Ley de asilo 16/2009]
Por lo tanto, los refugiados que lleguen a España tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social, al igual que los españoles.
La intervención social desde el Trabajo Social con el colectivo de refugiados, tiene tres etapas: la acogida, el asentamiento/adaptación y la fase autónoma. En un primer momento, el/la trabajador/a social deberá crear un clima de confianza, ofreciendo un trato amable con la persona. Se le deberá proporcionar información general sobre el país de acogida, como el transporte, la alimentación, horarios, etc. y también información sobre los recursos disponibles, que pueden ser:
- Alojamiento y manutención. - Asistencia médica. - Asistencia psicológica y psiquiátrica. - Sesiones informativas. - Intérpretes. - Escolarización de niños |
- Localización/contacto con familiares. - Comedores y roperos. - Clases de idiomas - Direcciones de interés - Prestaciones de emergencia para los grupos vulnerables. |
Durante la fase de adaptación, el/la profesional del TS realizará informes sociales, que pueden servir de apoyo si la solicitud de asilo ha sido denegada, contactará también con las instituciones y organismos que intervienen en las solicitudes de asilo, realizará entrevistas de seguimiento, además en cuanto al trabajo, les orientarán hacia la búsqueda de un empleo para el que esté cualificado. El profesional tratará de trabajar con la persona refugiada sobre sus aspiraciones y metas y también su independencia de las instituciones, evitando la sobreprotección de las mismas. Estas son algunas de las diversas funciones en esta etapa. Los recursos que a los que el colectivo puede optar en esta etapa son:
- Vivienda: se le facilitara la búsqueda de una vivienda económica.
- Trabajo: derivar a ONG´s que cuentan con bolsas de empleo, informar sobre convalidaciones de estudios y sobre diferentes técnicas de búsqueda de empleo, contactar con empleadores, etc.
- Salud mental: ayuda psicológica/psiquiátrica tanto al usuario como a su familia.
Por último, en la fase autónoma, se pretende la inserción de la persona refugiada en la sociedad, así como su autonomía. El/la trabajador/a social procurará la reunificación familiar, además de prepararlos para la llegada de los familiares. Se podrá formar grupos de refugiados que sirvan como redes de apoyo o grupos de ayuda mutua.
RECURSOS DIRECTOS | RECURSOS INDIRECTOS |
Vivienda (de protección oficial u otras) | Campañas de sensibilización a la opinión publica sobre los refugiados. |
Ayudas para la integración laboral. | Dar a conocer a los españoles la riqueza personal y cultural de los refugiados, para así fomentar su integración en la sociedad. |
Pensiones vitalicias para mayores de 65 años. | Charlas en los colegios para combatir el racismo y la xenofobia. |
Atención psicológica, especializada o derivar a un Centro de Salud. | Cursos periódicos de formación y reciclaje del personal que trata con los refugiados. |
En Castilla y León existen recursos para las personas refugiadas que llegan a la comunidad autónoma. Los recursos necesarios en este momento son los de alojamiento, que han de cumplir con las siguientes características:
· Centros con servicios de hostelería, habitaciones individuales, baños y zonas comunes.
· Bloques de viviendas.
· Pisos aislados, preferiblemente cercanos entre sí.
Ha de tratarse de espacios que permitan la intimidad de las personas y faciliten la intervención de los profesionales que los atenderán.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
-Banco Mundial. Inmigración neta. Recuperado el 18 de mayo de 2021, de:
https://datos.bancomundial.org/indicator/SM.POP.REFGç
-Meneses, Rosa (2020). Máximo histórico de refugiados y desplazados en el mundo: 79,5 millones. Recuperado en mayo de 2021 de:
https://www.elmundo.es/internacional/2020/06/18/5eea41e121efa031718b4609.html
-UNHCR ACNUR (2019). El cambio climático y los desastres provocan cada vez más desplazamientos. Recuperado en mayo de 2021 de:
https://eacnur.org/es/actualidad/noticias/emergencias/refugiados-climaticos
-Gobierno de España. Recuperado en mayo de 2021 de:
-Wikipedia. Seguridad Social (España). Recuperado en mayo de 2021 de:
https://es.wikipedia.org/wiki/Seguridad_Social_(España)
-Yo sí, sanidad universal. (2019). Atención sanitaria a personas solicitantes de asilo. Recuperado en mayo de 2021 de:
https://yosisanidaduniversal.net/que-puedo-hacer/si-soy-solicitante-de-asilo
-Gobierno de España. La protección social de los trabajadores extranjeros. Recuperado en mayo de 2021 de:
-V.P. Mº Jesús. Fases de la intervención social con refugiados. Recuperado en mayo de 2021 de:
https://core.ac.uk/download/pdf/16359403.pdf
-Junta de Castilla y León. Ayuda a los refugiados en Castilla y León. Recuperado en mayo de 2021 de:
https://gobierno.jcyl.es/web/es/consejerias/ayuda-refugiados-castilla-leon.html
Comentarios
Publicar un comentario